A esta altura sabemos que hay una regla y sus excepciones para manejarnos durante lo que dure la pandemia por coronavirus.
Regla: salir a comprar lo básico
No necesitamos pedir permiso los que sólo salimos a comprar productos de limpieza, medicamentos y alimentos. Podemos salir lo mímino e indispensable. Si lo cumplen o no, ya es otro problema más complejo. Pero podemos salir sólo para eso.
Excepciónes a la circulación mínima e indispensable
Como en toda regla, hay excepciones. Las personas que se encuentran exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular deberán contar con un certificado de circulación.
Para saber qué certificado corresponde en cada caso, consultá el siguiente listado, ordenado por el número de inciso que establece la excepción:
Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. La autoridad competente, la máxima autoridad o a quien ésta autorice de cada una de los organismos o entidades de las que dependa el personal, determinará el modo de acreditar la condición de excepción.
Autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Trabajadores y trabajadoras del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades. En el caso de trabajadores y trabajadoras del sector público provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se aplica lo que en cada jurisdicción -nacional, provincial o municipal- se disponga.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes. La autoridad que ejerza la superintendencia de cada poder judicial indicará con qué instrumentos circularán los funcionarios judiciales de turno.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos. La autoridad superior de cada una de dichas representaciones y entidades certificará la condición de tal de las personas mencionadas.
Personas que deban asistir a otras con discapacidad; familiares que necesiten asistencia; a personas mayores; a niños, a niñas y a adolescentes.
>> Declaración Jurada de Asistencia de Adultos Mayores
>> Declaración Jurada de Asistencia de Menores y Adolescentes
Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.
No hay un certificado válido a nivel nacional. Se entiende por situación de fuerza mayor a eventos contingentes, impostergables, y extracotidianos. En todos los casos servirá acreditar la urgencia con la mayor cantidad de documentación posible. En Bahía Blanca no existe un permiso, por lo que podés completar y descargar el que facilita Provincia de Buenos Aires. De todas maneras, presentando papeles, prueba o lo que fuere que acrediten la fuerza mayor, no es necesario el permiso.
>> Descarga y completá el permiso por Fuerza Mayor
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. Normativa en curso
Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos. La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
Personal afectado a obra pública.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca. La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.
>> Encontrá los permisos acá
Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos. La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP
>> Certificación para Transportistas
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Servicios de lavandería.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Servicios postales y de distribución de paquetería.
>> Certificación para Transportistas
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
S.E. Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema de pagos. La autoridad competente certificará la condición de las personas mencionadas.
Excepciones incorporadas en el marco de la Decisión Administrativa 429/2020
Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias podrán solicitar autorización a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa, para no discontinuar su producción, reduciendo al mínimo su actividad y dotación de personal.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Producción y distribución de biocombustibles.
>> Certificación para Transportistas
Operación de centrales nucleares.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. También deberán garantizar las prestaciones a las personas que se hallaren alojadas en los mismos a la fecha del dictado del Decreto N° 297/20.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Las autoridades de la Comisión Nacional de Valores podrán autorizar la actividad de una dotación mínima de personal y de la de sus regulados, en caso de resultar necesario.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Operación de aeropuertos. Operaciones de garages y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, podrán vender sus productos a través de servicios de reparto domiciliario, con sujeción al protocolo específico establecido por la autoridad sanitaria.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Excepciones incorporadas en el marco de la Decisión Administrativa 450/2020
Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear..
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
Inscripción, identificación y documentación de personas.
>> Completá y descarga el Certificado Único Habilitante para Circular
fuente: argentina.gob.ar
